La LOMLOE y la evaluación competencial
La nueva ley de educación propone un marcado enfoque competencial para todos los elementos del currículo educativo: “La meta no es la mera adquisición de contenidos, sino aprender a utilizarlos para solucionar necesidades presentes en la realidad” (Ministerio de Educación y Formación profesional, 2022a, p.25).
Partiendo del Perfil de salida, establece una serie de competencias clave que se han de trabajar con el alumnado para conseguir, a través de su desarrollo, alcanzar dicho perfil al final de la enseñanza básica. Los descriptores operativos de esas competencias clave y los objetivos de la etapa son los referentes a partir de los cuales se concretan las competencias específicas para cada área, ámbito o materia.
No es la primera vez que se habla de competencias en una ley educativa. De hecho, ya la LOE en 2006 establecía 8 competencias básicas para la educación obligatoria y la LOMCE en 2013, 7 competencias clave.
¿Qué es, entonces, lo que cambia con la LOMLOE si las competencias vienen de atrás? Si bien es cierto que la LOE y la LOMCE proponen el desarrollo de esas competencias básicas y clave, estas no han supuesto el cambio sustancial que debería haberse dado al introducirlas en el currículo. Se han percibido durante mucho tiempo como un elemento añadido difícil de conectar con el resto de los elementos del currículo y, por tanto y en definitiva, difícil de trabajar en el aula de forma consciente y efectiva.
El hecho de contemplar esas competencias como objeto de desarrollo y trabajo en el aula, debería suponer un replanteamiento de los objetivos, así como de la selección de los contenidos y de la metodología. Y, por supuesto, lo coherente sería evaluar acorde a como se ha trabajado con el alumnado, es decir, con un enfoque competencial. Con la LOMCE ya procuramos de alguna manera conectar todos estos elementos del currículo con las competencias, y ese ha sido el camino que nos ha traído hasta el aquí y el ahora: la LOMLOE.
Con la nueva ley, las competencias quedan integradas con el resto de elementos. Como hemos apuntado al principio, esas competencias responden a las necesidades generadas por el Perfil de salida que se pretende para el alumno y con el que se busca que sepa “activar los aprendizajes adquiridos para responder a los principales desafíos a los que deberá hacer frente a lo largo de su vida” (Ministerio de Educación y formación profesional, 2022a, p. 24).
Por lo tanto, la cuestión es que esas competencias “lleguen” al alumno, que su trabajo se haga efectivo en el aula con él para conseguir el objetivo propuesto, por lo que hemos de considerarlas en nuestra programación, que es el medio por el que llevamos la normativa al aula. Para ello nos han de servir de ayuda los descriptores operativos que propone la LOMLOE, que nos pauta en mayor medida que la LOMCE el desarrollo y concreción de esas competencias clave, y subraya, de esta manera, ese marcado enfoque competencial del que hemos hablado.
En función de esos descriptores se ha diseñado el currículo para las distintas áreas, materias o ámbitos y esto ha hecho que se nos presente una estructura curricular distinta a la que teníamos hasta ahora. El punto de partida para la elaboración del mismo han sido esos descriptores operativos de cada competencia clave junto con los objetivos de la etapa, lo cual ha dado lugar a que se modifiquen en función de todo ello los distintos elementos: objetivos, metodología, competencias específicas, contenidos y, por supuesto, la evaluación, que ha de ser, según el Real Decreto de Primaria, “global, continua y formativa” (2022b, p. 10), y, según el de Secundaria, “continua, formativa e integradora” (2022a, p. 12) y deberá tener en cuenta “como referentes últimos, desde todas y cada una de las materias o ámbitos, la consecución de los objetivos establecidos para la etapa y el grado de adquisición de las competencias clave previstas en el Perfil de salida” (Ministerio de Educación y Formación Profesional, 2022a, p. 12). Para llevarla a cabo se nos proponen también unos criterios de evaluación para cada una de las competencias específicas.
Hasta ahora, los criterios de evaluación se derivaban de los contenidos; sin embargo, estos criterios ahora se relacionan con las competencias específicas, y los contenidos, los saberes básicos, vienen determinados por esos criterios para lograr el desarrollo de las competencias. Es evidente que para que el alumno sea competente es requisito indispensable tener asimilados unos conocimientos y ser capaz de actuar de manera flexible en distintas situaciones haciendo uso de ellos.
La LOMLOE enfatiza el logro de esas competencias y supedita los contenidos que se han de trabajar en el aula a la consecución de las mismas, que conforman —como hemos apuntado— el Perfil de salida, por lo que los criterios de evaluación se refieren a esas competencias y no solo a los contenidos. Este cambio es quizá lo más llamativo y novedoso, pero es parte de ese cambio sustancial del que hablábamos —y que no se había dado hasta ahora, a pesar de hablar de competencias desde hace tiempo—, derivado de ponerlas en el centro del currículo e integrarlas con el resto de elementos del mismo. Por lo tanto, la evaluación ha de ser un proceso que debe estar planificado desde el inicio mismo de la programación de nuestras secuencias didácticas, a la par que el resto de elementos e integrada totalmente con ellos.
Tendremos que ver qué tenemos que evaluar —contenidos y competencias—, con qué objetivos, cómo, en qué momento, con qué herramientas… y también qué decisiones tomar en función de ella para volver a empezar con el proceso hasta lograr el desarrollo de las competencias en nuestros alumnos. El objetivo de la evaluación no es tanto calificar, que habrá que hacerlo en determinados momentos y para determinados aspectos, como evaluar el proceso en su conjunto y detectar fortalezas, debilidades, necesidades… que surjan en el mismo y tomar decisiones tras el análisis que favorezcan y mejoren el proceso de enseñanza-aprendizaje.
La LOMLOE propone unos criterios de evaluación de las competencias específicas, gradados, al final de cada ciclo en cada etapa educativa, lo cual no es óbice para llevar a cabo evaluaciones trimestrales o por curso. En este sentido, conviene tener presente que, “con independencia del seguimiento realizado a lo largo del curso, el equipo docente llevará a cabo la evaluación del alumnado de forma colegiada en una única sesión que tendrá lugar al finalizar el curso escolar” (Ministerio de Educación y Formación Profesional, 2022a, p. 12).
Esperamos que este artículo te haya ayudado a comprender el cambio de enfoque que propone la LOMLOE no solo para la evaluación, sino para todo el currículo, y te facilite el implementarlo en tu día a día en el aula de manera consciente y efectiva.
BIBLIOGRAFÍA
Ministerio de Educación y Formación Profesional (2022a). Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria. BOE, 76, de 30/03/2022.
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/03/29/217/con.
Ministerio de Educación y Formación profesional (2022b). Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. BOE, 52, de 02/03/2022.
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/03/01/157/con.